En las últimas horas, el Consejo general del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) resolvió dos procedimientos especiales sancionadores determinando la responsabilidad de administradores de al menos tres páginas digitales, por ejercer violencia política contra las mujeres en razón de género contra dos servidoras públicas de elección popular, por publicaciones realizadas en meses pasados donde se hacían señalamientos relativos a su vida privada, señaló Marina Martha López Santiago, consejera presidenta del instituto.
“Medidas de satisfacción, emitir de manera individual una disculpa pública por escrito y sea difundida en la página de Facebook por 30 días naturales y fijados, se impone a cada uno de los denunciados una multa de 200 veces la UMA, equivalente a 23 mil 462 pesos. Como medidas de no repetición, se propone la inscripción de los ciudadanos administradores de los medios digitales materia de la litis tanto en el registro nacional como en el estatal de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género por el período de un año, más un tercio al ser medios de comunicación, sumando un total de un año y cuatro meses. Reciban un curso de en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género impartido por la Unidad técnica de género y no discriminación de este instituto electoral. Finalmente, para un administrador denunciado se impone la multa de 5 mil 865 pesos por incumplir de manera extemporánea en lo relativo a las medidas cautelares”.
El Consejo determinó que estas publicaciones constituían violencia digital, mediática y verbal al cuestionar a las víctimas su capacidad para desempeñar su cargo con base en posibles escenarios de su vida privada, por su parte la Comisión Estatal de Derechos Humanos inició un expediente de queja y emitió una medida cautelar para salvaguardar los derechos de los periodistas involucrados, sin embargo, el IEPC sostiene que no se trata de un caso de censura.
“La libertad de expresión constituye uno de los pilares fundamentales del estado de derecho, gracias a ellos es posible cuestionar el ejercicio de poder, exigir rendición de cuentas, denunciar abusos y fortalecer el debate público, sin libertad de expresión no existe una democracia plena, sin embargo también debemos reconocer que ningún derecho es absoluto, la libertad de expresión como cualquier otro derecho humano encuentra sus límites cuando su ejercicio vulnera a la dignidad, la igualdad y los derechos de otras personas”.
Notinúcleo / Alejandra Orozco Ardines