La magistrada Mónica Soto Fregoso dejará su cargo en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el próximo 31 de agosto, pero su salida estará acompañada de una restricción legal que le impedirá ocupar determinados cargos públicos durante los dos años siguientes. La disposición está contemplada en el artículo 18 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
De acuerdo con la legislación, quienes hayan sido magistrados electorales no pueden ser designados, durante ese periodo, en cargos de los poderes Ejecutivo o Legislativo cuyas elecciones hayan calificado o en las que hayan participado. También se contempla la prohibición de asumir dirigencias partidistas o ser postulados a cargos de elección popular. El incumplimiento puede constituir un delito electoral y generar una sanción económica.
En el caso de Soto, la restricción cobra relevancia porque durante su trayectoria como magistrada participó en la calificación de las elecciones presidenciales de 2018 y 2024, además de procesos para integrar el Congreso de la Unión. Por ello, la posibilidad de que se incorpore inmediatamente al gabinete federal o al Congreso queda limitada por la propia ley.
La salida de la magistrada había generado especulaciones sobre las razones de su renuncia y sobre un eventual nombramiento en otro cargo público. Sin embargo, el artículo 18 establece un periodo de espera de dos años, una medida que busca evitar posibles conflictos de interés entre quienes califican elecciones y posteriormente ocupan posiciones relacionadas con los poderes cuyos triunfos electorales validaron.