El caso de Petrona “N”, mujer originaria de Tenejapa quien se defendió de una agresión por parte de su esposo y este perdió la vida, sentó un precedente y volteó las miradas hacia un asunto pendiente, la aprobación de la “Ley Alina”, que pretende reformar los códigos penales para reconocer la legítima defensa en casos de violencia de género, evitando que las mujeres sean criminalizadas o doblemente castigadas por defender su vida o integridad ante sus agresores.
Debido al contexto de violencia de género que consideran va en aumento, activistas consideran que es crucial su aprobación.
“Esta es una oportunidad para que protejan a las mujeres y garanticen el acceso a la justicia… según el Artículo 25 del Código penal de Chiapas, la defensa propia es una exclusión del delito y que se analice la causa desde la perspectiva de género, la interculturalidad y los derechos humanos”
La iniciativa obliga a juzgar con perspectiva de género, presumiendo defensa propia cuando exista una agresión real, actual o inminente, la liberación de Petrona representa un caso emblemático de legítima defensa con perspectiva de género.
“Esto recae en esta figura jurídica y cómo se puede sustentar esta figura jurídica, hay que acreditar ciertos elementos, la primera podría ser acreditar la agresión real, actual e inminente donde existió una agresión directa de la señora y que su reacción había dado lugar una necesidad a la defensa, y también hay que acreditar la falta de provocación de parte de la señora”
Tal parece que el tema no había sido de interés del congreso local hasta que ocurrieron los hechos antes mencionados, por lo que señalaron que siguen analizándola.
Para Notinúcleo, Alejandra Orozco Ardines