El Senado presentó una iniciativa para establecer la violencia vicaria, como uno de los tipos de violencia contra las mujeres en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Se destacó que se trata de una de las agresiones más generalizadas, que tiene grandes consecuencias físicas, económicas y psicológicas sobre ellas, a corto y largo plazo al impedirles participar activamente y en pie de igualdad en la sociedad.
Se aseguró que el primer paso es visibilizar este fenómeno antisocial, y generar conciencia en la ciudadanía y en autoridades responsables de la seguridad de este grupo poblacional, sin ignorar que hay violencia contra el hombre, pues de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, de las personas que ejercen violencia familiar, 76.2 por ciento son hombres y 23.8 mujeres.
Por ello, se abundó, es imperativo que en dicho ordenamiento jurídico, específicamente en el artículo 6, se incluya dentro de los tipos de violencia contra las mujeres a la violencia vicaria, entendida como la violencia contra seres queridos, particularmente hijos e hijas.
Es decir, se dijo, cualquier acto violento o que degrada o daña el cuerpo o la estabilidad psicológica de los seres queridos de una mujer, particularmente hijos e hijas, con el objeto de lastimar o perjudicar indirectamente a ésta.
El segundo paso, se subrayó, es generar una pena para quienes ejerzan la violencia vicaria, y al ser un tema sustancialmente local, debe incorporarse al Código Penal Federal, a efecto de generar una referencia nacional.
El proyecto que reforma el artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el artículo 342 Bis del Código Penal Federal, se turnó a las comisiones unidas para la Igualdad de Género; y de Estudios Legislativos Segunda.